Parece
ser que en los últimos años el papel internacional de la Unión Europea (UE)
está debilitándose ante el auge y el crecimiento en la política internacional
de los Estados Unidos de América, República Popular China y Rusia, quedando
marginada la UE en decisiones Internacionales e incluso en temas propios de la
UE, que se cocinan y se sirven por los dichos Estados. A los cuales, con el
tiempo, habrá que incluir a India, país que ya supera en población a China.
Me
permito escribir del Tratado de la UE; su funcionamiento; la Carta de Derechos
Fundamentales y otros textos que definen la actividad de la UE. Entre ellos
están el Tratado de la Unión Europea (TUE); el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea (TFUE); el Tratado constitutivo de la Comunidad
Europea de la Energía Atómica (Tratado Euratom); la Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea (CDF); la Carta Social Europea (CSE); y
algunas otras normas fundamentales.
Los
Tratados constitutivos de la unión europea son el conjunto de Tratados
internacionales de los denominados “constitutivos”, que constituyen la norma
suprema del ordenamiento jurídico europeo a la que están sujetos todos los
poderes públicos y ciudadanos de la UE. Estos Tratados confieren al Derecho de
la UE una “supremacía constitucional” sobre el derecho y legislación
nacionales de los Estados miembros.
Según
la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), estos
tratados conforman la “constitución material” de la UE. Han sido reformados en
numerosas ocasiones por medio de los Tratados modificativos, el último de los
cuales fue el Tratado de Lisboa, firmado en 2007, y que entró en vigor en diciembre
de 2009.
Los
Tratados constitutivos se diferencian del conocido como Derecho originario,
del que forman indudablemente parte, porque su vocación formal no
necesariamente distingue al resto del Derecho originario, por ejemplo,
en los Tratados de adhesión o en los Tratados meramente modificativos. Son, en
cualquier caso, su componente más importante. Por cierto, en el año 2017, el
presidente de Francia, Emmanuel Macron (1977) y la canciller alemana Angela
Merkel (1954) manifestaron su voluntad de impulsar una refundación de la Unión
Europea, reformando los Tratados constitutivos en el caso de que fuera necesario.
El
Tratado de Maastricht (1993), oficialmente “Tratado de la Unión Europea (TUE)”,
es, junto al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, llamado Tratado de
Lisboa, son las bases fundamentales del funcionamiento de la Unión Europea.
Anteriormente
existieron la Comunidad Europea del Carbón y el Acero (CECA); el Euratom; el Benelux;
el Mercado Común Europeo (MCE) y la Comunidad Económica Europea (CEE), Tratado
que ha definido una cronología que nace en 1948 y que ha llegado hasta nuestros
días con el nombre de Unión Europea (UE). En próximos artículos definiré el
contenido de la variedad de Tratados y las reuniones en la Cumbre de los Jefes
de Estado y de Gobierno de la UE.
Continuará
…
Vicente
Llopis Pastor
05
de mayo de 2025
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