La
inseguridad jurídica es un término que se refiere a la falta de claridad,
previsibilidad y estabilidad en el marco legal de un país o región. Esta
situación ocurre cuando las leyes y reglamentos son ambiguos, contradictorios o
están sujetos a cambios frecuentes y arbitrarios. La inseguridad jurídica
genera incertidumbre entre los ciudadanos y empresas sobre cómo aplicarán las
normas y afecta a la confianza en el sistema legal. A menudo, la inseguridad
jurídica es el resultado de un sistema regulatorio inadecuado o ineficiente,
así como de la falta de coherencia en la aplicación y ejecución de las leyes.
Esto puede sobrevenir por diversas razones, como la ineficiencia del sistema
judicial, corrupción, modificaciones frecuentes en las leyes y falta de transparencia
en la toma de decisiones.
La
inseguridad jurídica tiene implicaciones profundas y múltiples tanto para los
individuos como para la sociedad en su conjunto. Reduce la confianza en el
sistema legal y en las instituciones públicas, lo que puede llegar a un
debilitamiento del Estado de Derecho. Las empresas pueden sentirse menos
inclinadas a invertir y operar en un entorno donde las reglas del juego están
constantemente variando, lo cual afecta negativamente al crecimiento económico
y al desarrollo del país.
Además, la
inseguridad jurídica puede incrementar los costos operativos para las empresas,
ya que éstas requieren destinar más recursos a entender y cumplir con una
normativa cambiante e incierta. Para los ciudadanos, la inseguridad jurídica
puede traducirse en una menor protección de sus derechos fundamentales, tanto
en los hábitos civiles como en contextos comerciales o laborales. En un plano
más amplio, la inseguridad jurídica puede propiciar un ambiente proclive a la
corrupción y a la falta de justicia, dificultando la materialización de
políticas públicas efectivas y socavando la confianza en los procesos
democráticos.
Me hago la
pregunta: ¿existe inseguridad jurídica en España? No puedo manifestarme porque
no soy juez, magistrado ni político que pueda expresar los hechos que se
definen como inseguridad jurídica. Pero, a mi entender, una seguridad jurídica
debería proporcionar estabilidad, claridad y previsibilidad, pero cuando estas
características no están presentes se da lugar a una serie de problemas que
afectan al funcionamiento normal de la sociedad. En tal caso, la inseguridad
jurídica se manifiesta de distintas formas y tiene un impacto significativo en
la confianza de los ciudadanos y empresas en el sistema legal.
Por ejemplo:
1)
Cambios legislativos abruptos: leyes que son revisadas o anuladas sin
previo aviso o consulta pública.
2)
Interpretaciones contradictorias: diferentes jueces o autoridades
interpretan la misma ley de manera distinta, llegando a resoluciones
inconsistentes.
3)
Proliferación de regulaciones ambiguas: normas y reglamentos que carecen de
claridad, lo que dificulta su implementación y cumplimiento.
4)
Retardo en la justicia: procesos judiciales que se alargan indebidamente
generando incertidumbre y desconfianza.
5)
Decisiones arbitrarias: actuaciones de funcionarios públicos o judiciales
basadas en intereses personales o externos en lugar de en la ley.
A mi
entender, creo que estas cualidades existen en nuestro país y merman la
seguridad jurídica de España ante los ciudadanos y ante los inversores, tanto
nacionales como extranjeros. Yo creo que algunos inversores extranjeros están
huyendo de España e incluso algunas empresas españolas se están domiciliando en
países extranjeros, cual es el caso de Repsol, Ferrovial y muchas otras. Creo
que si no se aplican soluciones nuestro país será un débil componente de la
Unión Europea (UE).
Para
combatir esta inseguridad jurídica es esencial un enfoque integral que promueva
la estabilidad del sistema legal. Esto incluye reformas legislativas para
garantizar leyes claras y coherentes y fortalecer el ecosistema legal, desde la
normativa hasta la ejecución judicial. La participación activa de la sociedad
civil asegura que las reformas se alineen con las necesidades de todos,
reforzando el estado de derecho y fomentando una confianza, tanto para
ciudadanos como para empresas. Algunas pueden incluir las siguientes medidas:
a)
Reforma legislativa: fundamental para asegurar que las leyes y regulaciones
sean claras, coherentes y predecibles.
b)
Fortalecimiento del sistema judicial: mejorar la eficiencia y la calidad de
las decisiones judiciales es vital.
c)
Transparencia y rendición de cuentas: incorporar medios para aumentar la
transparencia en los procesos legislativos y judiciales.
d)
Lucha contra la corrupción: establecer y fortalecer órganos de control y
mecanismos independientes para la detección y sanción de actos de corrupción.
e)
Estabilidad regulatoria: limitar la frecuencia de cambios en la legislación
y asegurar que cualquier cambio en la normativa sea precedido por un proceso de
consulta y análisis en profundidad.
A mi
entender, España no es un dechado de virtudes de la seguridad jurídica y
continuamente vemos cambios en la tributación, variaciones en las bases
imponibles, sistemas fiscales no coherentes, desigualdad en la tributación
según cada Comunidad Autónoma y otras situaciones que se llaman genéricamente
“corrupción”, palabra que está de moda y que sirve de acusación entre los
políticos de alto nivel que se lanzan dardos envenenados con esta palabra tan
corta de “corrupción”.
Así es
nuestro país y por los muchos siglos que existe y que va a existir no creo que
cambiemos demasiado.
Acuérdese
de los hechos que realizó el caudillo Viriato (siglo II a.C.) en el que
traicionó a los hispanos y permitió que Roma se hiciera con toda la Península
Ibérica. Creo que han pasado más de 2.200 años y no ha cambiado el temperamento
y carácter de los habitantes de la Península Ibérica. Por cierto, que al ir Viriato
a cobrar por su vileza un dinero que le tenía prometido el pretor Galba éste se
lo negó por su traición y le contestó con la frase: “Roma no paga a los
traidores”.
O mejor
citar la frase del Papa Juan XXIII, “Il Papa Buono” (1881-1963), quien
dijo: “Vivimos en un mundo corrupto y corruptor”.
Vicente Llopis Pastor
3 de diciembre de 2024
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