Se
entiende por “discriminación de precios” una decisión de los fabricantes o de los
Estados, los cuales, ante mercados determinados, segregan, separan, dividen y
segmentan el destino de los bienes que producen y que venden.
Es una
práctica que se suele usar en algunas circunstancias y de las que España es la
líder mundial. Por ejemplo, en la discriminación de precios del fabricante
siempre se inventa algunas ideas para fijar distintos precios de una misma
mercancía. Esta mercancía puede ser de un mercado perfecto, según la
clasificación de mi artículo “Mercados” que publiqué hace algunos días.
Normalmente,
la discriminación de precios por parte del fabricante suele ser por algunos
motivos no demasiado sólidos; por ejemplo, haciendo uso de la publicidad en la
que reducen los precios ocasionalmente durante uno o dos días y que en el fondo
no son totalmente ciertos, pues hay un vaivén de precios que habría que
conocer. Por poner un ejemplo, podemos ver que, en los transportes de personas,
según la edad, pagan más o menos, y hay discriminación entre jóvenes, adultos,
ancianos, etcétera. También puede ser por el tipo de trabajo que realizan los
consumidores, y hay acuerdos de empresas que venden más barato a una asociación
de productores o de cooperativas de consumo. Y así sucesivamente.
El
Gobierno español está haciendo un infinito uso de la discriminación de precios
por la vía de ayudas, subvenciones y obligatorio descuento de precios a
determinados sectores; normalmente buscan una ayuda a los consumidores y no
suelen favorecer a las empresas; al contrario, les obligan a tributar sobre la
diferencia de precios que han aplicado a algún que otro sector y, a este paso,
estamos llegando a una economía de mercado en España en la que casi todo está
condicionado y subvencionado, lo cual desvirtúa la fijación de precios por la
ley de oferta y la ley de demanda.
Hay otras
cuestiones que no se llaman “discriminación de precios” pero que son
equiparables, cual es el caso de que el Gobierno o las Comunidades Autónomas
fijen alguna subvención o ayuda a los compradores. Aunque no se llame
discriminación de precios, para mí es el caso de algunos acuerdos que toma el
Gobierno con ciertos sectores y, sobre todo, con algunas Comunidades Autónomas.
El pasado día 29 de julio se firmó un acuerdo entre Esquerra Republicana de
Catalunya y el Partido Socialista de Cataluña por el que la Generalitat
Catalana pasa a ser la única autoridad para el uso de la Hacienda Pública en
Cataluña, desapareciendo de forma automática la Hacienda Pública Española, que
queda marginada y totalmente desplazada de la fiscalidad recaudatoria de
nuestro país y pasa a estar totalmente en manos del Gobierno catalán.
Para mí es
una decisión muy fuerte que puede servir de base para la independencia de
Cataluña de España, lo cual viene manifestándose desde hace siglos en todo tipo
de actividades económicas. Esta decisión de ser la Generalitat Catalana la
única que pueda manejar su política fiscal creo que es muy dura para nuestro
país y rompe varios siglos de la existencia de la Hacienda Pública Española.
La
discriminación de precios suele ser legal, aunque a mí no me parece muy
correcta, ya que se trata de diferenciar unos destinatarios o lugares de otros,
e inclusive, con distinta soberanía. No preveo lo que vaya a ocurrir durante
los próximos años, pero sí recuerdo algunos apotegmas que clarifican esta
situación. Por una parte, la expresión de “la pela… es la pela”, muy genuina de
los catalanes; o esta otra, “divide… y vencerás”, que se ha demostrado válida
durante los miles de años de Historia de la Humanidad.
Estimado
lector, ésta es una opinión mía en la que aplico el refrán: “cuando el río
suena… agua lleva”.
Vicente Llopis Pastor
31 de julio de 2024
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