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TAXONOMÍA DEL DINERO (II)

 

Tal como indiqué en el artículo de ayer, voy a completar algunas acepciones relativas a la “Taxonomía del dinero”. Por ejemplo:

a) Valor del dinero.

El concepto de valor del dinero y sus sinónimos “valor monetario del dinero”, “valor en cambio del dinero” y “poder adquisitivo del dinero” se refiere a la relación existente entre la unidad monetaria nominal y la cantidad de bienes que se pueden obtener a cambio de ellas. El valor del dinero es constante por definición, ya que, por causas múltiples, la capacidad de obtener bienes a cambio de dinero el poder adquisitivo del dinero experimenta constantes fluctuaciones. Como dije en el artículo de ayer, el valor del dinero es mayor que el coste físico de crear dicho valor. Si no es así, y aplicando la ley de Gresham (1519-1579) “la moneda mala expulsa a la moneda buena”.

b) Valor de cambio del dinero.

Este valor de cambio, calificado como moneda real, puede ser sustituido, según Gresham, por “la moneda mala expulsa a la buena”.

c) Dinero bancario.

Consiste en las cuentas corrientes a la vista disponibles de inmediato en razón a que estos últimos pueden utilizarse como medio de pago de modo que el pago se realiza, en definitiva, por un traslado de asientos de una a otra cuenta bancaria.

d) Valor del dinero como mercancía.

Es el coste intrínseco de la fabricación del dinero.

e) Valor monetario del dinero.

Es el valor nominal de dinero emitido y al que se puede aplicar la anteriormente citada ley de Gresham.

f) Valor nominal del dinero.

Es el que fija la autoridad y que sufre pocas variaciones. En todo caso se ve afectado por la inflación o subida de precios de las mercancías.

g) Dinero activo.

Expresión opuesta a dinero inactivo, que sirve para denominar el volumen total de medios de pago que están en manos del público durante un periodo dado.

h) Dinero bancario.

Consiste en las cuentas corrientes disponibles a la vista que se contabilizan como pasivo monetario en las operaciones bancarias.

i) Política de dinero barato.

Dícese de la política emprendida por la autoridad monetaria consistente en la estabilización de los tipos de interés a corto o largo plazo, según los casos.

j) Dinero base.

Dícese del dinero que, constituyendo una reserva bancaria, sirve de fundamento para crear una entidad varias veces mayor de otros tipos de dinero. El dinero base puede ser cualquier tipo de dinero, séase oro, billetes de banco, dinero bancario, depósitos interbancarios y muchas otras modalidades de la taxonomía del dinero.

k) Dinero común.

Es una forma de citar el “dinero en efectivo”. Este último vocablo, como tantos otros, ha caído en manos de los anglosajones, que lo denominan “cash”.

l) Dinero definitivo.

Dícese del dinero inconvertible, aludiendo circunstancias de que los pagos realizados con él cancelan toda posible obligación expresada en dinero.

m) Dinero efectivo.

Es la expresión genérica o su equivalente, “numerario”, que corresponde a varias formas de materializarlo, por ejemplo: monedas fraccionarias, dinero de pleno contenido, billetes de banco, dinero bancario y otras fórmulas que componen el volumen de medios de pago existentes.

n) Dinero de emergencia.

Se trata de sustitutivos del dinero que surgen en apremiadas situaciones donde las personas han de inventarse otra fórmula para que funcione la economía.

            Y con este apartado concluyo el segundo artículo sobre “Taxonomía del dinero”. Completaré esta exposición con un nuevo artículo mañana día 1 de febrero.

                                                 

Vicente Llopis Pastor

31 de enero de 2024

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