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LA POLÍTICA FISCAL ESPAÑOLA PARA EL AÑO 2023

 

Al igual que en el artículo de ayer escribí sobre la política monetaria española para el año 2023, hoy voy a escribir sobre la política fiscal española para el presente año. Si ayer dije que la política monetaria no puede ser manejada por el Gobierno, por sus especiales características de liquidez, rápidos efectos, variación de tipos de interés, inflación y otras macro magnitudes; hoy sí que puedo decir que la política fiscal española para el año 2023 será una creación total del Gobierno español, tanto por sí mismo como por las competencias y la soberanía fiscal que ha concedido a las Comunidades Autónomas, a ciertas instituciones públicas y a las ordenanzas fiscales de los Ayuntamientos.

La materialización de la política fiscal española para este año queda reflejada, con exactitud, en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) que ha aprobado el Congreso de Diputados para el presente ejercicio, en el que tanto los gastos públicos como los ingresos públicos van a ser los más altos que han existido en la historia de nuestro país. Los gastos públicos se van a incrementar notablemente por el aluvión de ayudas, subvenciones, apoyos y beneficios de todo tipo que el Gobierno va a llevar a cabo a las llamadas “clases y personas más vulnerables”, e incluso a los inmigrantes que han llegado en pateras o cayucos a nuestro país, quienes necesitan ayudas y dinero para poder subsistir y que no encuentran, o no quieren participar, en el mercado laboral trabajando como hace el ciudadano medio; incremento de salarios a los funcionarios y a los políticos; y también la subida de las pensiones, tanto contributivas como no contributivas. Mayor financiación a nuestra participación en la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) y otros más. A ello hay que añadir la propia ideología de los tres partidos que gobiernan en coalición, PSOE, Unidas Podemos e Izquierda Unida, los cuales, por definición, mantienen una ideología de conseguir equidad e igualdad entre las personas sin otras condiciones que las facultades, riesgos y capacidades que tienen los empresarios y los que deciden inversiones públicas, infraestructuras y mantenimiento de la Administración Pública.

Ante estas situaciones, el Estado español puede acudir al endeudamiento en mercados internacionales, siempre que el Fondo Monetario Internacional (FMI), Banco Mundial (BM) y el Acuerdo General sobre Comercio e Impuestos (GATT), hoy llamado Organización Mundial del Comercio (OMC) en el que últimamente se ha integrado la gigantesca China.

Al tener ciertas limitaciones nuestra capacidad de endeudamiento, que está llegando a límites insospechados y que está subiendo nuestra prima de riesgo en cantidades siderales, el único camino que existe es la subida de impuestos, tasas, precios públicos y todo tipo de transferencias unilaterales que, obligatoriamente, han de llevar a cabo empresas y ciudadanos para sostener los ingresos que percibe el Estado para poder cumplir sus gastos, algunos de los cuales he citado en líneas anteriores. Realmente, lo que va a ocurrir en este año 2023 en la política fiscal española es una enorme reforma, siempre al alza y, en algunos casos, mediante Reales Decreto-Leyes, sin que se aprueben previamente por el Congreso de Diputados, haciendo un menor uso de los llamados impuestos ordinarios e impuestos extraordinarios que se presentan en ingentes volúmenes de dinero.

España trae para este año 2023 una nueva reforma fiscal que incluye diversas aristas tributarias que conviene conocer. No se trata solo de aumentar las tarifas o tasas tributarias, sino la incorporación de nuevos impuestos y de conceptos tributarios que hasta hoy no existían. Dentro de esta revolución destaca el incremento de las cargas fiscales a las grandes fortunas; para las empresas, fundamentalmente las empresas arcadias, petroleras, energéticas y, posiblemente, las empresas gestoras de supermercados; posiblemente la disminución del Impuesto del Valor Añadido (IVA) en los productos de higiene femenina y el aumento de la reducción por rendimientos de trabajo; aunque estos últimos relativos al IVA son difíciles de aplicar porque tributan en una cadena de producción de varias empresas y los resultados de dicha reducción son prácticamente inexistentes.

Entre otros impuestos que han entrado en vigor en este año 2023, se encuentran: a) el nuevo impuesto a grandes fortunas, superiores a los tres millones de euros; b) incremento de la tributación en el Impuesto de Rentas a las Personas Físicas (IRPF) cuando el capital del declarante sea superior a doscientos mil euros; c) nuevas medidas fiscales propuestas por los partidos que apoyan al PSOE en el Gobierno español y en el Congreso de Diputados, los cuales se calculan que serán tres mil quinientos millones de euros para el año 2023; d) el incremento del impuesto a las grandes fortunas se materializará con la liquidación del IRPF y se le denomina “impuesto solidario”, que me parece más un eslogan de marketing que una realidad. Este impuesto solidario está definido para los años 2023 y 2024, pero me temo que se va a petrificar y mantener como definitivo; e) el impuesto a las grandes fortunas es una nueva denominación del Impuesto de Patrimonio, que algunas Comunidades Autónomas del Partido Popular han suprimido o tienen una exención cercana al 100%. Para evitar estas exenciones aparece esta nueva denominación de impuesto a las grandes fortunas que gestionará directamente el Gobierno central y no habrá posibilidad de exenciones por las Comunidades Autónomas como hasta ahora; f) incremento de la tributación de los trabajadores autónomos, según refleje su contabilidad, reduciendo al mínimo la tributación por módulos; g) el Impuesto de Sociedades (IS) se fijará en un tipo nominal que irá del 23% al 25%. Aunque haya deducciones por investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), jamás se reducirá por bajo del 23%; h) la reforma fiscal del IRPF aplicará a las rentas del ahorro un punto porcentual mayor a aquellos ingresos que superen los doscientos mil euros; i) en los casos de pérdidas de las empresas, el crédito fiscal que ha de facilitar a dichas empresas el Estado quedará como un derecho en la cuenta de activos de la empresa y su pago se realizará en las fechas posteriores que el Estado crea conveniente; j) el IS de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) tributará en una tasa más reducida que la generalidad de todas las empresas, lo cual supone una clarísima discriminación; k) se le permite a la Comunidad Autónoma de Cataluña el que pueda legislar y fijar nuevos impuestos, cuestión que no está generalizada al resto de Comunidades Autónomas; etcétera, etcétera.

Esta revolución del sistema tributario español ha sido muy criticada por el catedrático Ángel de la Fuente (1962), presidente de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA), que es el grupo de estudios más influyente en España en lo relativo a la gestión empresarial. El señor de la Fuente es catedrático de Estructura e Instituciones Económicas. Según él, el incremento en la tributación de las empresas es negativo para la producción, beneficios y el nivel de empleo.

Cuando finalice el año 2023 estaremos en condiciones de conocer definitivamente las dubitativas decisiones que en el sistema tributario español está llevando a cabo el Gobierno.

Hasta la próxima.

 

Vicente Llopis Pastor

25 de enero de 2023

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