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LA UNIÓN EUROPEA Y LOS LÍMITES A LOS PAGOS EN EFECTIVO EN ESPAÑA

        Desde febrero de 2019 el Gobierno español ha limitado los pagos en efectivo que se pueden llevar a cabo solamente hasta menos de 1.000 €. A partir de esta cifra se ha de pagar por realizar transacciones dinerarias mediante transferencias, traspasos, uso de tarjetas de crédito y de débito, y otras vías de la llamada digitalización del dinero. Para ser más claros, si una persona ha adquirido algún bien o ha de pagar cualquier servicio, o la compra de productos, por una cuantía superior a los 1.000 € no lo puede hacer en monedas ni billetes, necesariamente ha de ser por medios electrónicos que, entre otras consecuencias, fija el rastro que deja el movimiento dinerario de cualquier persona o entidad. 

Es una medida, a mi entender, algo exagerada, ya que las monedas de céntimos y de euros, así como los billetes de papel, se está reduciendo su capacidad de uso, algo inaudito, ya que este tipo de dinero tiene el poder liberatorio de pagos y de deudas. Es un exagerado paso para que desaparezca el uso de estos tipos de monedas y queden sustituidas por epígrafes contables que se incluyen dentro de computadoras, ordenadores personales y otras bases que suelen usarse en la banca y en la Administración Pública. Personalmente, a mí me parece que es una cifra exagerada por la mínima cuantía que supone; inclusive no es mi opinión, sino que la propia Unión Europea entiende que España ha sido “más papista que el Papa” en cuanto al uso del dinero en efectivo.

En su momento, cuando España fijó dicha limitación, el entonces presidente del Banco Central Europeo (BCE), el italiano Mario Draghi, envió un dictamen a España en el que pidió al Gobierno frenar la medida y alertó de serios riesgos para la moneda europea y determinados sectores económicos. El BCE reprochó entonces de su “posible repercusión adversa” en el Sistema de Pagos en Efectivo, ya que esta limitación dificulta la liquidación de operaciones legítimas usando el efectivo como medio de pago, por lo que pone en peligro el concepto de curso legal, según apuntó el BCE.

Al contrario que la Comisión Europea (CE), el BCE negaba en dicho dictamen que el límite tuviera cabida en la normativa europea antifraude. El BCE recordó que el límite para las empresas establecido en la Directiva europea anti blanqueo está en los 10.000 €.

Las razones de la Unión Europea (UE) para defender esta medida se basan en que las operaciones con grandes sumas de efectivo pueden utilizarse para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, lo que requiere que las personas que negocien con bienes a quienes no obliga dicha directiva, se consideren entidades obligadas y apliquen medidas de la debida diligencia respecto a sus clientes.

Por no embarullar el tema, me limito a decir que la UE es partidaria de esta limitación a partir de los 10.000 €, pero que le parece que es exagerado el caso de España en el que dicha limitación se fija en 1.000 €.

El BCE planteó ante la CE el caso de España, por suponer una especie de camisa de fuerza para los operadores económicos ordinarios cuyas cifras no sean exageradamente altas, mientras que la CE no ha abierto un expediente a España por dicha ley antifraude de Hacienda y, naturalmente, no se presentará en el Tribunal Europeo de Justicia. Precisamente la UE está elaborando una ley común que limita los pagos a 10.000 €.

En conclusión, la idea substancial, tanto de la UE como de España, es la misma, aunque en el caso español la cifra es muy exagerada y posiblemente, cuando se apruebe esta nueva normativa por la UE, España haya de anular este tope de 1.000 € para operaciones ordinarias en España y cuya justificación fundamentalmente es la de operar contra los fraudes fiscales.

Estimado lector, por una vez nos hemos adelantado a lo que va a llevar a cabo la UE, pero hemos sido tan veloces que nos hemos pasado de la meta final sin darnos cuenta. Es como si en el atletismo corriéramos una carrera de medio fondo, por ejemplo 1.500 metros lisos, a una velocidad tan alta como la que suelen tener los atletas velocistas de los 100 metros lisos.

Creo que en este caso es aplicable la famosa frase “Spain is diferent”.

Un afectuoso saludo.

Vicente Llopis Pastor

 27 de julio de 2022


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