El órgano
perceptor de los impuestos es el Ministerio de Hacienda, que tiene una enorme
infraestructura de funcionarios, técnicos, abogados del Estado, economistas del
Estado y otros técnicos que interpretan las leyes y que, para el caso de
personas o entidades con deudas tributarias, suele ser frecuente el llegar a
acuerdos en los que, por ejemplo, se fraccionan dichas deudas, el contribuyente
lo paga a plazos y el Ministerio no les aprieta demasiado el cuello para evitar
que desaparezcan algunas empresas. Algunos de los casos, si no hay un acuerdo
con el contribuyente, pueden pasar al Tribunal Económico Administrativo Central
(TEAC) y, en casos de grandes divergencias entre contribuyente y el Estado,
puede llegar incluso hasta el Tribunal Supremo.
Durante los
tres últimos años, como consecuencia de la pandemia de la Covid-19, se han
llevado a cabo aplazamientos de pagos durante el confinamiento, paralización de
los concursos de acreedores y el Gobierno se ha implicado con éxito en esta tolerancia
hacia la empresa; entre otras cosas porque no podía hacerlo de otra manera, ya
que si estábamos confinados cómo íbamos apagar sobre hechos que no podíamos
realizar. Según información que he leído, la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (AEAT) generó en menos de tres meses un aluvión de un millón de
solicitudes. Un total de seiscientas mil empresas se acogieron al aplazamiento
de los impuestos aprobados por el Gobierno en plena crisis del coronavirus. Las
empresas acogidas a estas medidas abonaron en período voluntario el 92% de las
cantidades aplazadas, sobre todo aquellas declaraciones, liquidaciones y
autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalizase entre marzo y
mayo de 2020.
Ahora, con
la llegada de la ley antifraude, se restringe el uso de estas facilidades. En
febrero, el TEAC puso fecha para aplicar este límite y argumentó que una
solicitud de aplazamiento en período voluntario seguirá impidiendo el inicio
del período ejecutivo solo para los expedientes de antes del 10 de julio de
2021, cuando entró en vigor la ley antifraude. Esta doctrina coincide con la
del Tribunal Supremo, que señala que estas solicitudes reiteradas de
aplazamiento deben ser resueltas por Hacienda antes de iniciar el apremio.
Todas
estas explicaciones de la AEAT se resumen en que no van a dar facilidades para
fraccionar pagos, diferir el cumplimiento de las obligaciones tributarias y, en
general, mantener una rigidez absoluta en cuanto a fechas, cifras, importes y
declaraciones fiscales. Es un paso más en contra de la flexibilidad que hasta
ahora había en temas tributarios. Por ejemplo, el Impuesto de Rentas de las
Personas Físicas (IRPF) se podía satisfacer en dos plazos, el primero de ellos
el 60% de su importe en junio de cada año y el 40% restante a partir de octubre.
Actualmente si no pagas el 60% en junio, se transforma en una deuda del 100%
que hay que satisfacer rápida e inmediatamente junto con una alta sanción y el
pago de intereses del 8% sobre la deuda. En otros tributos, cual es el del
Impuesto del Valor Añadido (IVA), Impuesto de Sociedades (IS) y los impuestos
especiales, el caso es similar.
Lo cierto es que los españoles están solicitando cada vez más aplazamientos y fraccionamientos a la hora de pagar impuestos. Según los últimos datos de recaudación de la AEAT, los pagos fraccionados aumentaron un 25,6% en el último ejercicio. Esta tasa está condicionada por las comparaciones con el año 2020 y afectada por las distintas medidas adoptadas para paliar los efectos de la pandemia de la Covid-19. Sin embargo, si se comparan con el año 2019, los pagos en 2021 fueron un diez por ciento superiores a los de aquel año.
Realmente, lo que quiero expresar en este artículo es que el Ministerio de Hacienda no va a dar facilidades para el pago de los impuestos y que la tributación tiene que ser inmediata en plazos, contenidos e importes, sobre los cuales el ciudadano no puede negociar nada; ha de pagar y callar; aunque todavía existen los Tribunales Económicos Administrativos por medio de los cuales se pueden canalizar protestas o consideraciones que resultan más cómodas para el contribuyente, pero que con las nuevas normas administrativas del actual Gobierno van a servir para poco.
Estimado
lector, con este artículo finalizo el mes de julio y volveré a escribir a
partir del 1 de septiembre de 2022; es decir, que durante el mes de agosto de
2022, al igual que en muchos sectores, me permitiré tomar vacaciones.
Estimado
lector, le deseo un feliz verano.
Un
afectuoso saludo.
Vicente Llopis Pastor
30 de julio de 2022
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