Un
paraíso fiscal, refugio fiscal o guarida fiscal, es un territorio o Estado que
se caracteriza por aplicar un régimen tributario especialmente favorable a
empresas o personas “no residentes” en su territorio. Típicamente estas
ventajas consisten en una exención total o en una reducción muy significativa
en el pago de impuestos, además de la posibilidad de acogerse al secreto
bancario; lo cual favorece la elusión y la evasión fiscal.
Un
paraíso fiscal ha de tener ciertas características. Entre ellas las siguientes:
a)
Su legislación no impone tributos o estos son solo nominales. La Organización
de Cooperación de Desarrollo Económico (OCDE) reconoce que cada legislación
tiene derecho a determinar si impone impuestos directos. Si no hay impuestos directos,
pero sí indirectos, se utilizan los otros factores para determinar si una
legislación configura un paraíso fiscal.
b)
Falta de transparencia, consistentes en leyes o prácticas administrativas no
permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros
países, en relación con contribuyentes que se benefician de los bajos
impuestos.
c)
Permite a los “no residentes” beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando
no desarrollen efectivamente una actividad en el país.
d)
Afectar a los residentes y empresas locales, los cuales están sujetos al pago
de impuestos, como en cualquier otro país.
e)
Sus “no residentes” gozan de ventajas fiscales y suelen tener prohibida
cualquier actividad económica o de inversión dentro de su territorio.
Concretando,
facilitan la separación de dos economías paralelas, usualmente se cuenta con
legislación o instituciones especialmente reservadas a los “no residentes”.
Otro rasgo identificativo de un paraíso fiscal suelen ser la existencia de
estrictas leyes de secreto bancario y de protección de datos personales. Es
habitual que los datos de accionistas y directores de empresas no figuren en
registros públicos, sino que se encuentren bajo la custodia de su representante
legal, el llamado agente residente.
Estas
características han provocado que estos países, a menudo muy pequeños en
extensión y población, hayan conseguido acumular un cuarto de la riqueza
privada mundial. Históricamente se los ha acusado de servir de cobijo a
evasores de impuestos, terroristas y narcotraficantes, quienes esconden sus
identidades tras sociedades offshore, cuentas numeradas, directores
fiduciarios, fundaciones, trusts o acciones al portador.
Existe
una lucha contra los países fiscales, consistente en la presión de diversos
organismos internacionales, especialmente la OCDE y el Grupo de Acción
Financiera Internacional (FATF), que ha conseguido que en los últimos años
muchos paraísos fiscales hayan accedido a hacer ciertas concesiones en materia
de intercambio de información, especialmente en lo relativo a la colaboración
en el esclarecimiento de delitos graves.
No
obstante, en muchos casos la opacidad de estos territorios todavía es
importante, así como lo son sus ventajas fiscales. Esto es aprovechado por
sectores muy diferentes de la Economía, desde ahorradores privados, pasando por
inversores, empresas de importación y exportación, hasta grandes
multinacionales, bancos y aseguradoras.
Existen
numerosas listas de paraísos fiscales, elaboradas por cada Estado en las
relaciones comerciales con otros países. Por ejemplo, según la OCDE; Unión
Europea (UE); Estados Unidos de América (EEUU), y en general, de todos los
pises del mundo. Solo voy a citar en caso de España que tiene elaborada su ley
26/2014 de 27 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, de
modo que determinados países entrarán o saldrán de la lista negra.
Estos
países incluidos en la lista negra de España son los siguientes: Anguila de
Reino Unido; Antigua y Barbuda; Antillas Neerlandesas; Reino de Baréin; Bermudas
de Reino Unido; Estado de Brunéi Darussalam; Mancomunidad de Dominica; Isla Fiyi;
Gibraltar de Reino Unido; Granada; Isla de Guernsey; Islas Caimán de Reino
Unido; Islas Cook de Nueva Zelanda; Isla de Man; Islas Marianas del Norte de EEUU;
Islas Salomón; Islas Turcas y Caicos de Reino Unido; Islas Vírgenes Británicas
de Reino Unido; Reino Hachemita de Jordania; República Libanesa; República de
Liberia; Principado de Liechtenstein; Macao, de China; República de Mauricio; Principado
de Mónaco; Montserrat, de Reino Unido; República de Nauru; Sultanato de Omán; San
Vicente y las Granadinas; Santa Lucía; República de Seychelles; y República de
Vanuatu.
Con
dichos territorios y Estados, está negociando el Gobierno español para
establecer convenios bilaterales. Por ello, el número de paraísos fiscales para
España va disminuyendo. Como podrá observarse la mayoría de los paraísos
fiscales fueron, en su momento, colonias británicas, holandesas y portuguesas;
la mayoría de los cuales están ubicados en el mar Caribe.
Vicente Llopis Pastor
20 de abril de 2025
Comentarios
Publicar un comentario