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PARAÍSOS FISCALES

 

Un paraíso fiscal, refugio fiscal o guarida fiscal, es un territorio o Estado que se caracteriza por aplicar un régimen tributario especialmente favorable a empresas o personas “no residentes” en su territorio. Típicamente estas ventajas consisten en una exención total o en una reducción muy significativa en el pago de impuestos, además de la posibilidad de acogerse al secreto bancario; lo cual favorece la elusión y la evasión fiscal.

Un paraíso fiscal ha de tener ciertas características. Entre ellas las siguientes:

a) Su legislación no impone tributos o estos son solo nominales. La Organización de Cooperación de Desarrollo Económico (OCDE) reconoce que cada legislación tiene derecho a determinar si impone impuestos directos. Si no hay impuestos directos, pero sí indirectos, se utilizan los otros factores para determinar si una legislación configura un paraíso fiscal.

b) Falta de transparencia, consistentes en leyes o prácticas administrativas no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países, en relación con contribuyentes que se benefician de los bajos impuestos.

c) Permite a los “no residentes” beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando no desarrollen efectivamente una actividad en el país.

d) Afectar a los residentes y empresas locales, los cuales están sujetos al pago de impuestos, como en cualquier otro país.

e) Sus “no residentes” gozan de ventajas fiscales y suelen tener prohibida cualquier actividad económica o de inversión dentro de su territorio.

Concretando, facilitan la separación de dos economías paralelas, usualmente se cuenta con legislación o instituciones especialmente reservadas a los “no residentes”. Otro rasgo identificativo de un paraíso fiscal suelen ser la existencia de estrictas leyes de secreto bancario y de protección de datos personales. Es habitual que los datos de accionistas y directores de empresas no figuren en registros públicos, sino que se encuentren bajo la custodia de su representante legal, el llamado agente residente.

Estas características han provocado que estos países, a menudo muy pequeños en extensión y población, hayan conseguido acumular un cuarto de la riqueza privada mundial. Históricamente se los ha acusado de servir de cobijo a evasores de impuestos, terroristas y narcotraficantes, quienes esconden sus identidades tras sociedades offshore, cuentas numeradas, directores fiduciarios, fundaciones, trusts o acciones al portador.

Existe una lucha contra los países fiscales, consistente en la presión de diversos organismos internacionales, especialmente la OCDE y el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF), que ha conseguido que en los últimos años muchos paraísos fiscales hayan accedido a hacer ciertas concesiones en materia de intercambio de información, especialmente en lo relativo a la colaboración en el esclarecimiento de delitos graves.

No obstante, en muchos casos la opacidad de estos territorios todavía es importante, así como lo son sus ventajas fiscales. Esto es aprovechado por sectores muy diferentes de la Economía, desde ahorradores privados, pasando por inversores, empresas de importación y exportación, hasta grandes multinacionales, bancos y aseguradoras.

Existen numerosas listas de paraísos fiscales, elaboradas por cada Estado en las relaciones comerciales con otros países. Por ejemplo, según la OCDE; Unión Europea (UE); Estados Unidos de América (EEUU), y en general, de todos los pises del mundo. Solo voy a citar en caso de España que tiene elaborada su ley 26/2014 de 27 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, de modo que determinados países entrarán o saldrán de la lista negra.

Estos países incluidos en la lista negra de España son los siguientes: Anguila de Reino Unido; Antigua y Barbuda; Antillas Neerlandesas; Reino de Baréin; Bermudas de Reino Unido; Estado de Brunéi Darussalam; Mancomunidad de Dominica; Isla Fiyi; Gibraltar de Reino Unido; Granada; Isla de Guernsey; Islas Caimán de Reino Unido; Islas Cook de Nueva Zelanda; Isla de Man; Islas Marianas del Norte de EEUU; Islas Salomón; Islas Turcas y Caicos de Reino Unido; Islas Vírgenes Británicas de Reino Unido; Reino Hachemita de Jordania; República Libanesa; República de Liberia; Principado de Liechtenstein; Macao, de China; República de Mauricio; Principado de Mónaco; Montserrat, de Reino Unido; República de Nauru; Sultanato de Omán; San Vicente y las Granadinas; Santa Lucía; República de Seychelles; y República de Vanuatu. 

Con dichos territorios y Estados, está negociando el Gobierno español para establecer convenios bilaterales. Por ello, el número de paraísos fiscales para España va disminuyendo. Como podrá observarse la mayoría de los paraísos fiscales fueron, en su momento, colonias británicas, holandesas y portuguesas; la mayoría de los cuales están ubicados en el mar Caribe.

 

 

Vicente Llopis Pastor

20 de abril de 2025

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