En temas de tributación, los contribuyentes normalmente se dividen en “residentes” y “no residentes”, independientemente de su nacionalidad. Por ejemplo, el primer caso sería de los españoles que viven por lo menos 186 días al año en nuestro país; independientemente de su nacionalidad; así se da el caso de que un español que trabaja y vive la mayor parte del año, es decir, más de 186 días en un país extranjero, la tributación tiene muchas matizaciones. Todavía más en el caso de que residan en países de la Unión Europea (UE) o en otros.
La legislación tributaria española
establece diferencias en el Impuesto de la Renta entre los ciudadanos comunitarios
de la UE y los del resto del mundo, con una tributación en el primer caso del 19% sobre ingresos netos para los
europeos, y otra del 24% sobre
ingresos brutos para los extranjeros no comunitarios. Según el artículo
24.6 de la Ley de Impuestos sobre la Renta de No Residentes (INRN), las
personas residentes en la UE o en el “Espacio Económico Europeo” (EEE), es
decir, la UE más Noruega e Islandia, tributan sobre el rendimiento neto. ¿Qué
quiere esto decir? El rendimiento bruto por ejemplo de una casa en España de un
español que reside en el extranjero, ha de tributar el 24% sobre el alquiler
cobrado, es decir, valor bruto, y no puede deducir los gastos, impuestos, tasa
de basuras, Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), suministros de electricidad,
reparaciones, gastos de comunidad, intereses en el caso que la casa esté
financiada con un préstamos y ello, naturalmente, supone una importante
tributación.
Si
este español, con casa en nuestro país, residiera en la UE o en el EEE, sí se
puede deducir los gastos de mantenimiento, tasa de basuras, IBI, reparaciones,
gastos de comunidad, intereses del préstamo que ha financiado la compra de la
vivienda y todo tipo de gravámenes complementarios, con lo que la base
imponible, al ser neta, es más reducida, y además, el tipo de gravamen no es
del 24% sino que baja al 19%. Esto es consecuencia de la libertad de
movimientos de personas, capitales y establecimiento de los europeos en
cualquier país de la UE. Pero hete aquí que, con el brexit, los españoles que
tienen su residencia en Reino Unido (RU) se encuentra que viven en un país
extracomunitario y, por tanto, les afecta la tributación española sobre los
bienes inmuebles que tienen en nuestro país y que alcanzan cifras, a veces, muy
altas.
El
diario “El Economista” del pasado 24 de abril de 2021 pone un ejemplo para un
español que resida en el extranjero y que perciba una renta por el alquiler de
una casa en España de 1.000 euros al mes, un europeo o residente comunitario
liquidaría con la hacienda española 779 euros al año. Por su parte, la Agencia
Estatal de Administración Tributaria (AEAT) exigiría a un extracomunitario, por
los mismos rendimientos, 2.880 euros al año. Las diferencias entre arrendadores
comunitarios y extracomunitarios son brutales, como se puede ver, tanto por la
base imponible, en algunos casos bruta y en otros neta, como por el tipo de
gravamen que también es mayor para el extracomunitario.
Una
cuestión más derivada del brexit, y con la que los españoles que residen en
Gran Bretaña se están encontrando sin comerlo ni beberlo. Hasta tal extremo se
ha llegado que muchos españoles en el extranjero están denunciando en masa ante
la UE la persecución de la AEAT, aduciendo que con ello se vulnera el Tratado
Fundacional Europeo en materia de libre circulación de personas, capitales y
establecimiento. Ante estas denuncias, la Comisión Europea está analizando un
procedimiento específico por la supuesta persecución de la Hacienda española
contra los españoles residentes fuera de la UE. Bruselas reconoce un “gran
número de denuncias” de españoles en el extranjero contra la normativa
tributaria que les hace pagar hasta más del triple del impuesto sobre la rentas
que mantienen en España, respecto a los residentes comunitarios. Los informes
europeos advierten de la posibilidad de que el proceso termine en la “incoación
de un procedimiento formal de infracción” contra España por vulnerar dicho
Tratado Fundacional Europeo, y ha prometido a los afectados que “examinará las
denuncias para garantizar que las leyes de los Estados miembros sean conformes
a la legislación europea”. Bruselas constata el “interés público” surgido a
raíz de estas informaciones y la CE ha decidido crear un portal web donde
informará del desarrollo del procedimiento, con el fin de dar una respuesta
rápida e informar a los interesados. Además, tranquiliza a los denunciantes y
les recuerda que tramitará las denuncias múltiples de manera confidencial.
En
cualquier caso la UE recuerda a los afectados que deberán emprender acciones
legales ante la justicia española. La presentación de estas denuncias no puede
resolver su situación concreta e individual, apunta la CE, y añade que para
obtener reparación, incluida una indemnización si está justificada, deben
emprender acciones legales a nivel nacional, ya que el objetivo de la CE sólo
consiste en estudiar que las leyes sean conformes.
Estimado
lector, un tema más para resolver por el Gobierno español. En este caso
originado por el brexit, pero que va a repercutir en miles de españoles que
trabajan en Gran Bretaña o en el resto de países extracomunitarios y cuyos
rendimientos, normalmente por alquileres de una casa o local situados en
España, les va a suponer una tributación de más del triple de lo que era hasta
ahora. La CE ha entrado en el asunto y es un tema más a resolver por nuestro
Gobierno ante Europa, ya que no es el único. Por ejemplo, para que España pueda
recibir los 150.000 millones de euros del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia del “Next Generation”, ha de cumplir hasta 102 condiciones que le
ha impuesto la UE y no estoy seguro de que España las pueda cumplir, sobre todo
en temas de legislación laboral y de estructuras y equilibrio de poderes, entre
ellos el Consejo General del Poder Judicial.
Querido
lector, como verá usted, no todo es fácil en la vida y en política surgen
muchas dificultades. La capacidad, sagacidad, diplomacia y buenas relaciones de
nuestro país están puestas a prueba, veremos lo que ocurre.
Un
afectuoso saludo.
Vicente Llopis Pastor
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